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Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla

Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla (2)

Jueves, 15 Junio 2023 22:50

Artículo 31

Escrito por

La planeación y regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población, se llevarán a cabo sujetándose al Programa Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial, los planes o programas estatales de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, a través de:

IV. Los planes o programas municipales de desarrollo urbano.

Jueves, 15 Junio 2023 22:48

Artículo 30

Escrito por

La planeación, regulación y evaluación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población formarán parte del Sistema Estatal de Planeación Democrática, como una política de carácter global, sectorial y regional que coadyuve al logro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, de los programas federales y planes estatales y municipales. La planeación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano y de los centros de población, sin perjuicio de lo que establece la Ley General, estará a cargo, de manera concurrente, entre el Estado y los municipios, de acuerdo a la competencia que les determina la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley General y la presente Ley.

Instituto Municipal de Planeación